Si en los últimos 12 meses tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, tenés que realizar la recategorización del monotributo. Si no tuviste cambios , no tenés que realizar ningún trámite.
–Importante
Los monotributistas que, como consecuencia de la falta de presentación de la declaración jurada de recategorización, omitieren el pago del tributo que les hubiera correspondido , serán sancionados con una multa del %50 del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido abonar.
Se establece igual sanción para los casos que la recategorización sea inexacta.
