¿Qué conceptos se encuentran excluidos?
* Las cuotas de ART.
* Los aportes y contribuciones con destino a Obras Sociales.
* Los aportes y contribuciones con destino al régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico.
* Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
* Los aportes y contribuciones con destino a RENATRE o RENATEA, según corresponda.
* Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los anticipos correspondientes a declaraciones juradas vencidas con posterioridad al 31 de agosto de 2021.
* Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del presente régimen de regularización.
* El aporte solidario y extraordinario.
* Los intereses -resarcitorios y/o punitorios-, multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
Requisitos para adherirse
-Presentar las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas de las obligaciones que se regularizan.
-Declarar en el servicio “Declaración de CBU” la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de las cuotas.
-Poseer Domicilio Fiscal Electrónico.
Importante!!!
Las cuotas serán iguales en cuanto al capital y consecutivas, no pudiendo resultar inferiores a $1.000, excepto cuando la deuda consolidada sea menor a dicho importe.
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