Les dejamos novedades del Siradig
La AFIP extendió el plazo para completar el F.572 Web “SIRADIG Trabajador” hasta el 30 de abril de 2024.
IMPORTANTE!
Los trabajadores cuentan con más tiempo para informar las deducciones anuales que pudieran corresponder y los empleadores podrán practicar la liquidación anual durante el mes de mayo procediendo a efectuar las devoluciones del impuesto retenido en exceso hasta el 10 de junio de 2024.

