- Tenemos buenas noticias, AFIP ya publicó las nuevas categorías del monotributo , las mismas se van a aplicar a partir del 1° de julio de 2023, inclusive, y se utilizan para la recategorización.
Si en los últimos 12 meses tuvieron cambios en alguno de los parámetros previstos en el régimen de monotributo (ingresos brutos acumulados, energía eléctrica consumida, los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad), tienen que realizar la recategorización. Si no tuvieron cambios, no hay que realizar ningún trámite.
El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará en agosto, mes siguiente a la recategorización..
Importante
En caso de no tener al menos seis meses de actividad, se mantendrá la categoría inicial.
Hay tiempo hasta el 20 de julio.
La pueden compartir con un amigo/a o algún emprendedor porque le va a super servir


