Aquellos monotributistas que utilizan cuentas corrientes quedarán exentos del pago del impuesto a los créditos y débitos, dejando de pagar la alícuota especial de 0,25%.

▪️Para acceder al beneficio, deberán acceder con clave fiscal al servicio “Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias” e ingresar los datos requeridos por el sistema.

📌Los requisitos que se deben cumplir son los siguientes:

✔️Contar con CUIT en estado administrativo “Activo. Sin limitaciones”.
✔️Constituir el domicilio fiscal electrónico.
✔️Haber efectuado la registración y aceptación de los datos biométricos.
✔️Tener presentadas las declaraciones juradas correspondientes a períodos vencidos.
✔️No registrar incumplimientos

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