El decreto prohíbe :
Los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días, contados a partir del 31/03/2020. .
Las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de 60 días, contados a partir del 31/03/2020.


Quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

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